A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante De Oficio Procesado Cardenas Gonzalez Martha Lucia Y Otros·Demandado Cardenas Gonzalez Martha Lucia Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento de los presupuestos subjetivo y normativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento y el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y Policial de Bogotá.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en un proceso penal adelantado por la presunta comisión del delito de peculado por apropiación por parte de varios ciudadanos.
La Sala encontró acreditado el cumplimiento del presupuesto objetivo, consistente en que exista una causa judicial sobre la cual recaiga el conflicto de jurisdicciones, sin embargo, encontró que no puede tener por cumplidos los presupuestos subjetivo y normativo.
En el primer caso, porque una de las autoridades judiciales involucradas, es decir, el Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento, no manifestó de forma expresa ser o no competente para conocer del proceso penal.
En el segundo caso, la Sala no puede tener por cumplido el presupuesto normativo pues el Juzgado 55 Penal no ofreció razones, de ningún tipo, en favor o en contra de si era competente para dar trámite al proceso penal.
Por lo anterior, la Sala remitió el expediente al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y Policial de Bogotá, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique la presente actuación al Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento, y a los sujetos procesales e interesados en el proceso judicial.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. INHIBIRSE de resolver el CJU-1537, entre el Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento y el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y Policial de Bogotá.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1537 al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y Policial de Bogotá, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique la presente actuación al Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento, y a los sujetos procesales e interesados en el proceso judicial.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.